La venta de bienes, la prestación de servicios, las importaciones de bienes y las adquisiciones intracomunitarias están sujetas al IVA, por lo que todo lo que un autónomo o empresario adquiera para desarrollar su actividad profesional conllevará un IVA soportado que deberán pagar como consumidores. Por otro lado, los autónomos o empresarios que realicen actividades profesionales tendrán que aplicar el IVA repercutido, que es el que estos cobran al consumidor final.
Para poder conocer si la tributación por IVA sale a pagar o a devolver, es preciso restar al IVA repercutido el IVA soportado. En este sentido, el REDEME puede ser una buena opción para recuperar el dinero antes de tiempo y, así, poder realizar de forma más holgada la actividad profesional. En cualquier caso, lo mejor es contar con la orientación de una Asesoría Laboral en Marbella.
¿Qué es el REDEME?
El REDEME es un régimen especial de devolución del IVA que permitirá al autónomo recuperar el exceso de IVA cada mes, de forma que no tendrá que esperar a que el año acabe para solicita el exceso de IVA como ocurre en el régimen general. Gracias a este régimen los autónomos y empresarios podrán evitar el coste financiero que deriva del cobro en diferido de la devolución del IVA.
En un principio este régimen especial solo podía ser aprovechado por las grandes empresas cuya facturación excediera de los 6 millones de euros, si bien es cierto que, actualmente, la mayoría de los contribuyentes que tengan que tributar por IVA podrán aprovechar los beneficios de este sistemas.20
¿Qué requisitos se han de cumplir para poder acogerse al REDEME?
Para poder acogerse a este régimen especial es preciso cumplir con una serie de requisitos. Son los siguientes:
- No tributación por el régimen simplificado del IVA: no podrán acogerse al REDEME los autónomos que coticen en régimen de estimación objetiva o módulos.
- Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias.
- El autónomo o empresario no podrá haber sido excluido del propio registro en los tres años anteriores a la petición de ingreso en el REDEME.
¿Cómo funciona el REDEME?
El que se inscribe debe cumplir con algunas normas:
- Liquidar el IVA mensualmente por vía telemática a través de la cumplimentación del Modelo 303.
- La devolución correspondiente se abonará por transferencia bancaria.
- Llevar los Libros Registro de IVA en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
La inscripción en el REDEME se deberá llevar a cabo cumplimentando el Modelo 036 o el Modelo 039 de forma telemática durante el mes de noviembre del año anterior al de aplicación.
Sin duda, el REDEME conlleva importantes ventajas para autónomos y empresarios. No obstante, es importante conocer cómo funciona este sistema y qué requisitos se han de cumplir, para lo cual lo mejor es contar con la orientación de una asesoría laboral.