Con la situación en la que nos ha dejado el avance del COVID-19 en nuestro país, aparece un nuevo tipo de ERTE, el ERTE parcial.
Por un lado, teníamos el ERTE total, que es aquel que aplican aquellas empresas por fuerza mayor. Una vez pasado el tiempo por el que se había solicitado, la entidad todavía no ha incorporado a ningún empleado a la plantilla, por lo que las causas de por lo que lo solicitaron todavía están presentes. Es decir, que todos los empleados siguen en el ERTE.
Por otra parte, el erte parcial se refiere a aquella empresa que ya incorporado a una parte de su plantilla.
Lo más habitual es que, a estas alturas, las empresas hayan hecho, por lo menos, un erte parcial, ya que seguir en el erte total sería una mala señal.
¿Qué pasos debe dar la empresa para cancelar el erte?
Para la finalización del erte, la empresa tiene que comunicar la nueva situación a 2 organismos: al SEPE (Siglas de Servicio Público de Empleo Estatal) y a la TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social).
- Comunicación al SEPE: Hay 2 modelos para hacer la comunicación; o bien mediante un modelo de solicitud unitario (para aquellos empleados que se van incorporando a la actividad) o con un modelo de solicitud unificado (para comunicar la baja de todos los empleados afectados por el ERTE). El propio SEPE ha elaborado una guía para facilitar el proceso.
- Comunicación a la TGSS: También habrá que remitir una comunicación a la TGSS para que este organismo tenga conocimiento de la nueva situación. Se deberá comunicar el tipo de inactividad, fecha de inicio de la situación, entre otros criterios clave.
El plazo para comunicar la finalización del erte es de hasta el penúltimo día del mes siguiente en el que surtirán efecto las nuevas condiciones.